Agricultores y ganaderos ya pueden exigir, antes de la venta, el registro de contratos alimentarios. Fuente: autónomosyemprendedor.es
En 2021, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de la Cadena Alimentaria que incluía cambios demandados por el sector entre los que destaca la prohibición de venta a pérdidas para todos los eslabones de la cadena. “El registro alimentario nos permite asegurarnos que esta ley se cumple”, afirmó Javier Alejandre, técnico de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA).
¿Cuándo deben exigir los agricultores y ganaderos este contrato alimentario?
Las asociaciones de autónomos del mundo rural señalaron que este documento debe hacerse siempre “antes de que se produzca la venta de cualquier alimenta en el primer eslabón de la cadena”. Es decir, en el momento previo en el que por ejemplo un apicultor venda su miel a un proveedor, se deberá confeccionar este registro y a posterior efectuar la venta.